Sebastián Cabello, condenado en 1999 por matar a una mujer y a su hija de tres años mientras corría una picada por la avenida Cantilo, puede volver a manejar ahora.
Así surge del fallo emitido el viernes pasado por la Sala III de la Cámara de Casación Penal, que dio por cumplida la pena de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor que oportunamente le fue impuesta por el término de diez años a Cabello.
La resolución dejó sin efecto la decisión del juez de ejecución de sentencia justo el día en el que se cumplieron 14 años del choque en el que perdieron la vida Celia González Carman, de 38 años, y su hija Vanina Rosales, de tres años.
El hecho ocurrió el 30 de agosto de 1999 en Núñez, cuando el Honda Civic conducido por Cabello, que entonces tenía 19 años y hoy tiene 33, embistió el Renault 6 en el que viajaban las víctimas. El auto se incendió y fallecieron carbonizadas.
Por el suceso, el joven fue condenado en noviembre de 2003 a 12 años de prisión, acusado por homicidio simple con dolo eventual, es decir que el victimario debió tener en cuenta el riesgo mortal que suponía ir a alta velocidad por una avenida urbana.
Sin embargo, en 2005 la Cámara de Casación redujo la pena a tres años, al entender que había sido un homicidio culposo, encuadre legal que fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia. Así, Cabello está en libertad desde septiembre de 2005.
Tras revisar el fallo, el viernes pasado la Sala III de la Cámara de Casación Penal opinó que la condena debía estimarse desde la fecha del auto de prisión preventiva, en 1999, lamentó Parrilli en radio "Continental". El flamante fallo cuenta con la firma de los jueces Liliana Catucci, Mariano Hernán Borinsky y Eduardo Riggi.
“Entendemos que, efectivamente, el cómputo debería haber sido desde la fecha en que quedó firme la condena. Por eso, estamos estudiando la sentencia de Casación; tenemos 10 días para apelar ante la Corte por medio de un recurso extraordinario”, explicó Parrilli.
Fuente gacetamercantil.com
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