La sanción de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de suspender la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) aplicada a la multinacional Procter & Gamble (P&G) va en contra de un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que dejó firme una sentencia de Cámara que declaraba la inconstitucionalidad de la medida.
La Corte Suprema había dejado firme un fallo en septiembre último que declaraba la inconstitucional de la resolución del organismo a cargo de Ricardo Echegaray que habilita al a dar la baja de oficio a la CUIT, ante determinados incumplimientos, o la posible comisión de incumplimientos, según publica IProfesional,.
En el marco del fallo FDM Management SRL, la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había declarado la inconstitucionalidad de la resolución general 3358/12 que estableció que el fisco nacional tiene facultades para dar de baja de oficio una CUIT. El organismo recaudador interpuso un recurso extraordinario que fue rechazado el 20 de agosto próximo pasado por la Corte, y esto dejó firme la sentencia de segunda instancia.
La Cámara había cuestionado esta facultad y considerado que la resolución era inconstitucional porque la ley de procedimiento tributario no otorga esta potestad a la AFIP.
La AFIP fundamentó su decisión en las atribuciones que le otorga el decreto 618/1997 que prevé que el Administrador Federal podrá dictar normas obligatorias en relación con la inscripción de contribuyentes. Pero del texto expreso o literal de la norma sólo surgen “facultades para regular lo relativo a la forma y modo en que los contribuyentes y demás sujetos tributarios deben inscribirse”, dice el fallo, y agrega que “en modo alguno surge que también cuente con la potestad para cancelar o dar de baja la CUIT”.
La suspensión a la compañía multinacional por parte de la AFIPpor fraude fiscal relacionado a operaciones de importación desde Brasil que eran facturadas a través de una filial radicada en Suiza por US$ 138 millones. De esta manera, la empresahabría fugado divisas a sus firmas vinculadas en el exterior. La AFIP detectó también una diferencia de US$ 19 millones entre los valores FOB totales de las Declaraciones Juradas Anticipadas (DJAI) y destinaciones de importación asociadas a la DJAI.
Luego de suspender preventivamente su CUIT, la empresa no podrá realizar -por el momento- operaciones de importación y exportación. Tampoco operaciones en el mercado de cambio de divisas.
La respuesta de la empresa. La multinacional emitió un comunicado esta mañana en el cual desmintiendo lo denunciado: “P&G paga todos sus impuestos, en Argentina y en todo el mundo. Tomamos muy seriamente el cumplimiento de las leyes en la Argentina, y en todos los países en los que operamos, al igual que nuestra contribución con las comunidades en las cuales vivimos y trabajamos”.
Y agregaron: “No perseguimos prácticas fiscales e impositivas agresivas ni cuestionables, por cuanto las mismas no producen resultados sustentables. Valoramos nuestra relación con la Argentina y con los consumidores argentinos. Estamos trabajando con las autoridades para buscar soluciones inmediatas, de modo de poder seguir abasteciendo el mercado con nuestras marcas líderes”.
Fuente peril.com
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