Un pedido de muerte digna realizado por la familia de un paciente en estado vegetativo irreversible desde hace veinte años llegó a la Corte Suprema de Justicia y ya obtuvo un dictamen positivo de la Procuración General de la Nación.
En su dictamen, la procuradora general Alejandra Gils Carbó resaltó el fallo del tribunal superior de Neuquén, donde originalmente se tramitó el pedido, ya que la petición se encuentra comprendida en la ley 26.742 del año 2012 y por lo tanto el pedido no requiere de autorización judicial.
El origen
Marcelo Diez sufrió un accidente en su moto el 23 de octubre de 1994, cuando tenía 30 años, que le ocasionó “un traumatismo encéfalo craneano severo, politraumatismos graves y epilepsia post-traumática” por lo que debió ser sometido a “diversas intervenciones quirúrgicas y tratamientos médicos” hasta que, al año siguiente “se le diagnosticó estado vegetativo persistente”.
Ante ese cuadro las hermanas pidieron “el retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial: tanto los tratamientos terapéuticos que se le proveen ante sus complicaciones de salud como la alimentación e hidratación enteral” y ante la negativa de los médicos efectuaron el planteo judicial.
Fuente rivadaviacom.ar
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